| Régimen de Visitas |
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ACTIVIDAD PATROCINADA ACADÉMICAMENTE POR EL COLEGIO DE PROCURADORES DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
A CARGO DE LA DRA. ROXANA I. ARLIA

Modalidad: Teórico-práctica con análisis de situaciones posibles y estudio de casos jurisprudenciales. Práctica sobre modelos de escritos y aplicación de casos reales.
Duración: 6 semanas.
Fecha de Inicio: Jueves 5 de Agosto de 2010.

PROGRAMA
Clase Nº 1
Legitimación activa y pasiva (régimen de visitas entre padres e hijos, entre hermanos, entre abuelos y nietos, entre familiares). Puntos a considerar en los acuerdos. Supuestos en que el régimen de visitas paterno-filial se transforma en una tenencia compartida alternada: beneficios y perjuicios de este sistema para los
menores. Oposición del Asesor de Menores al acuerdo de los padres: ¿qué hacer?
Clase Nº 2
Intervención del menor en los procesos de régimen de visitas. Derecho a ser oído (art. 264 ter CC, Convención de los Derechos del Niño, ley 26.061). Edad a partir de la cual puede ser oído: distintos criterios. Forma de declarar.
Clase Nº 3
Régimen nacional: inicio del reclamo a través de mediación (dónde y cómo plantearlo). Casos de menores en riesgo: planteo por medida cautelar (art. 232 CPCCN y art. 376 bis CC). Requisitos. Diferencia entre las medidas cautelares generales y las planteadas en derecho de familia.
Clase Nº 4
Proceso judicial en el ámbito nacional: tipo de proceso, etapas del procedimiento. Homologación de acuerdos privados y formalizados en mediación.
Clase Nº 5
Incumplimiento del acuerdo: a) reticencia al cumplimiento por parte del titular del derecho de visitas; b) obstrucción del régimen de visitas por parte del progenitor conviviente. ¿Qué medidas solicitar en cada caso?. Delito de impedimento de contacto (ley 24.270): dónde denunciar, quién puede hacerlo,
consecuencias legales.
Clase Nº 6
Diferencias entre el régimen nacional y el régimen de Provincia de Buenos Aires (etapa previa con el Consejero de Familia, próxima implementación de la ley de mediación 13.951, diferencias en el proceso judicial: audiencia de vista de causa).

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